Sociedades, asociaciones civiles y fideicomisos suelen estar obligados por sus estatutos, por la Ley General de Sociedades Mercantiles o por disposición de asamblea a publicar su balance general, estado de resultados o estado de situación financiera en un periódico de circulación nacional. Nos encargamos de que esa publicación se realice en tiempo, con el formato adecuado y en el diario que corresponda.
Publicamos balances de fusión, escisión, disolución, liquidación y reducción de capital, así como balances anuales ordinarios cuando los estatutos así lo exigen. Adaptamos el formato de tu estado contable —tablas, columnas y notas— a los requisitos tipográficos de cada periódico, para que se publique tal como lo aprobó tu asamblea o tu consejo.
El balance o estado contable en PDF o Word, tal como fue aprobado.
El acta o acuerdo de asamblea que ordena la publicación (si aplica).
El periódico donde debe publicarse, según tus estatutos o la disposición legal correspondiente.





3 veces/10 días para reducción de capital (Art. 9 LGSM); 15 días de reclamaciones tras balance de liquidación; 3 meses de efectos en fusión; 45 días naturales en escisión. Incluí la aclaración de que hoy muchas de estas publicaciones van al Sistema Electrónico de la Secretaría de Economía y no siempre a periódico impreso.
Recibimos el auto/oficio judicial escaneado
Verificamos que tenga sellos y datos completos
Cotizamos según el periódico exigid
Publicamos y entregamos el comprobante y el ejemplar de la primera y ultima publicacion en PDF
No; la obligación depende del tipo de sociedad, de sus estatutos y del acto corporativo (fusión, escisión, liquidación, etc.). Si tienes dudas sobre tu caso, te recomendamos confirmarlo con tu asesor legal o contable; nosotros nos encargamos de la publicación una vez que sabes qué necesitas publicar.
En PDF o Word, respetando el contenido aprobado por la asamblea o el consejo.
Sí, adaptamos el formato a los requisitos de composición de cada periódico sin alterar las cifras ni el contenido aprobado.